BYTES&LEGAL

  • Servicios
  • Autor
  • Proyectos
  • Consultas
  • Aviso Legal
  • Archive
  • RSS

El Anteproyecto de Ley de Financiación de RTVE

Hace un mes aproximadamente, el Gobierno anunció la aprobación, en Consejo de Ministros del anteproyecto de ley de financiación de RTVE. El Gobierno aprueba el anteproyecto de ley que elimina la publicidad de TVE

Entre las medidas de este anteproyecto, y objeto de la polémica, se encuentra la supresión inmediata de la publicidad en la corporación RTVE. Para compensar por la pérdida de ingresos que supondrá  a RTVE la supresión de la publicidad, RTVE recibirá aportaciones del Estado, de las televisiones privadas, incluidas las de pago (un 3% de sus ingresos) y, novedad novedosa, de todas las operadoras de comunicaciones electrónicas (esto es, de telecomunicaciones) que operen a nivel estatal o en más de una comunidad autónoma (un 0,9% de sus ingresos), exceptuando a las operadores regionales.

El Gobierno justificaba la inclusión de las operadoras en la nueva financiación de TVE por su futura competencia en el negocio audiovisual, principalmente, a través de las descargas de contenidos a través de Internet de banda ancha. (No obstante, grava por igual los ingresos de todas las operadores, sean de Cable-ADSL, de telefonía móvil o de telefonía fija).

Las reacciones de los operadores de telecomunicaciones no tardaron en aparecer: El sector de telecomunicaciones califica la nueva tasa de ilegal e injusta.

Para echar más madera al fuego, la CMT acaba de publicar, a finales de mayo, su Informe a la Vicepresidencia Primera del Gobierno y Ministerio de la Presidencia, sobre el Anteproyecto de Ley de Financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española (RTVE). En PDF aquí.

De las conclusiones propias de la CMT en su informe, podemos extraer lo siguiente:

  1. Que el modelo de financiación de RTVE descrito en el Anteproyecto podría ser contrario a derecho, en particular en lo que respecta a su proporcionalidad y al establecimiento de una aportación sobre los operadores de comunicaciones electrónicas.
  2. Que el nuevo modelo de financiación repercutirá positivamente en los operadores de televisión en abierto, en menor medida en los operadores de televisión de pago y negativamente en los operadores de comunicaciones electrónicas, los cuales podrían buscar una compensación económica aumentando sus precios minoristas y reduciendo sus inversiones en un momento crítico para el despliegue de redes de nueva generación. En cuanto al mercado publicitario, se verá afectado en el sentido de contracción del mismo y previsible subida de los precios de la publicidad en televisión.
  3. Que si lo que se pretende es establecer un modelo de financiación que cubra de modo proporcionado la eliminación de publicidad en RTVE, debería partirse de la cuantificación del coste del servicio público prestado. Dicho coste neto podría ser financiado con una partida de los Presupuestos Generales del Estado, de cuantía fija o referenciada en un porcentaje, con un porcentaje de lo ingresado por la tasa por la ocupación del dominio público radioeléctrico, y con aportaciones por los operadores que prestan servicios de comunicación audiovisual, en proporción a los ingresos que reciben de dichos servicios, y con la exclusión de los de menores ingresos, pero en ningún caso con la imposición de una aportación sobre los ingresos brutos de TODOS los operadores de comunicaciones electrónicas.
  4. Que en caso de que se mantuviera el sistema previsto:
  • Si se mantuviera la aportación a realizar por los operadores de comunicaciones electrónicas sería oportuno que, respecto a los sujetos pasivos, se estableciera un umbral mínimo de ingresos por debajo del cual los operadores quedarían exentos y que se eliminara la diferenciación territorial. En cuanto a la base imponible, el gravamen habría de limitarse a los ingresos derivados de las actividades audiovisuales.
  • En cuanto a la aportación a realizar por los operadores concesionarios y prestadores del servicio de televisión, sería preciso que, respecto a los sujetos pasivos, se estableciera un umbral mínimo de ingresos por debajo del cual los operadores quedarían exentos, que se eliminara la diferenciación territorial, y que respecto de los operadores de televisión por cable sólo se gravaran los ingresos provenientes de los servicios audiovisuales.
  • La previsión de suspensión de actividad en caso de impago de la aportación por parte tanto de los operadores de comunicaciones electrónicas como de los operadores concesionarios y prestadores del servicio de televisión, se considera desproporcionada y, en el caso de los operadores de comunicaciones electrónicas, contraria al marco comunitario.

La importancia del informe de la CMT en la tramitación de esta Ley es relativa, puesto que, en este caso, las decisiones y opiniones del regulador del sector no tienen carácter vinculante, sino meramente consultivo. Por tanto, el Gobierno puede, perfectamente, ignorar la opinión de la CMT y seguir adelante con su proyecto. Mientras tanto, las operadoras han anunciado una batalla legal en los Tribunales Europeos, alegando que esta tasa supone una ayuda de Estado ilegal a RTVE.

Veamos como acaba la cosa…

Actualización:

  • Las ‘telecos’ avisan que el canon repercutirá en los usuarios (via el Mundo.es/Navegante)
  • Historias absurdas: la eliminación de la publicidad de TVE (via el Blog de Enrique Dans)
  • La Comisión Constitucional aprueba el nuevo modelo de financiación de RTVE (via El Pais)
  • Finalmente, se ha aprobado la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española (en PDF)
  • Bruselas prepara una investigación sobre la nueva financiación de RTVE (via Expansión)
    • #RTVE
    • #financiacion
    • #operadoras
    • #telecos
    • #publicidad
    • #informe
    • #CMT
  • 2 years ago
  • Comments
  • Permalink
  • Share
BYTES&LEGAL es el blog de Ignacio Herreros sobre el derecho de telecomunicaciones, media, entretenimiento y tecnologías de la información

conecta conmigo

  • @iherreros on Twitter
  • Call me on Skype
  • Linkedin Profile

IGNACIO HERREROS MARGARIT
Abogado experto en Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información
E: ignacio@bytesandlegal.com
T: +34 668-TELECO (668835326)

alertas normativa TIC




Bytes and Legal
  • RSS
  • Random
  • Archive
  • Mobile

All rights reserved (c) 2009 Ignacio Herreros Margarit. Effector Theme by Carlo Franco.

Powered by Tumblr

Abogado experto en Telecomunicaciones y Tecnología - Bytes&Legal